Causas para denegar la Custodia Compartida
En un escenario creciente de divorcio o separación, la custodia compartida es una opción cada vez más común y buscada por ambos progenitores. Sin embargo, hay situaciones en las que un juez puede decidir no otorgar este régimen.
A continuación, detallamos varios de los casos en los que puede negarse la custodia compartida.
CASO 1: DESCONOCIMIENTO DE DATOS IMPORTANTES SOBRE LA EDUCACIÓN O VIDA DE LOS HIJOS
Un motivo frecuente para denegar la custodia compartida es que uno de los padres no esté lo suficientemente involucrado en la vida de sus hijos.
Esto puede suceder cuando uno de los progenitores ha delegado la mayor parte del cuidado en el otro. O simplemente se ha centrado más en su carrera profesional, desconectándose del día a día de sus hijos.
Este desapego es visto por los jueces como una barrera para garantizar que el bienestar del menor estará debidamente atendido bajo la custodia compartida.
Es importante, por tanto, haber dedicado tiempo y esfuerzo a la crianza de los hijos antes del proceso de divorcio. Pretender simular un compromiso con los hijos durante el proceso judicial puede ser contraproducente.
Si el progenitor en cuestión no puede demostrar que ha estado involucrado activamente en su vida, es probable que un abogado experto lo saque a la luz durante el juicio. En ese caso, la custodia compartida será rechazada.
Ejemplo Real de Desconexión con los Hijos
Un ejemplo ilustrativo de esta situación se dio recientemente en un caso en el que un padre solicitaba la custodia compartida.
Durante el juicio, al ser interrogado sobre cuestiones básicas como el modelo educativo del colegio de sus hijos, la clase en la que estaban o incluso el nombre del tutor:
El padre no fue capaz de responder.
Esta falta de conocimiento fue determinante para que el juez desestimara su solicitud. De hecho, el juez comentó que era inaceptable que el abogado de su exmujer supiera más sobre los hijos que él mismo.
CASO 2: INVESTIGACIÓN PENAL
Otro motivo importante para que se deniegue la custodia compartida es que uno de los progenitores esté siendo investigado por delitos graves.
Según el artículo 92.7 del Código Civil:
Cuando un padre o madre está involucrado en un proceso penal por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la indemnidad sexual del otro progenitor o de los hijos, la custodia compartida no procederá.
Asimismo, si existen indicios claros de violencia doméstica o de género, el juez también puede denegarla.
En estos casos, aunque se niegue la custodia compartida, esto no implica necesariamente que se eliminen por completo los derechos de visita. Cada caso debe ser analizado en detalle, considerando el bienestar de los hijos y la gravedad de los delitos en cuestión.
CASO 3: MALA RELACIÓN ENTRE LOS PROGENITORES
Aquí otro tema que genera muchas dudas:
¿Las malas relaciones entre los progenitores pueden ser motivo suficiente para denegar la custodia compartida?
La respuesta es que no, a menos que la hostilidad sea excesiva y perjudique seriamente a los menores. Las tensiones son habituales en cualquier proceso de ruptura, pero si no alcanzan niveles de gravedad extrema, no deberían ser un obstáculo para la custodia compartida.
Los jueces suelen evaluar si esas tensiones pueden afectar negativamente el desarrollo emocional de los hijos.
Sin embargo, la falta de acuerdo en algunos aspectos del cuidado de los niños, como decisiones escolares o económicas, es razonable y esperable tras una ruptura, y no será suficiente para denegar la custodia.
Es interesante el artículo que escribimos, y que guarda relación con esto, sobre la custodia entre padres no casados.
Jurisprudencia sobre las Malas Relaciones
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 745/2020 aclaró este punto. Y establece que las tensiones entre los progenitores no pueden ser una justificación para rechazar la custodia compartida. Todo lo anterior, a menos que se demuestre que esas malas relaciones son tan graves que afectarían de forma negativa a los menores.
Asimismo, el Tribunal Supremo, en una sentencia de 2016, añadió que la falta de armonía entre los progenitores es lógica tras una ruptura y no debe ser un factor determinante para rechazar este tipo de custodia.
CASO 4: DISTANCIA ENTRE LOS DOMICILIOS
Uno de los factores clave para que se otorgue la custodia compartida es que el régimen sea viable en la práctica.
Si los progenitores viven demasiado lejos uno del otro, esto puede complicar la logística diaria y alterar significativamente la vida de los menores. La distancia entre los domicilios puede hacer que la custodia compartida sea inviable, especialmente si los hijos ya están en edad escolar y necesitan una rutina estable.
El Tribunal Supremo ha sido claro en este sentido, y en sentencias como la 4/2018, de 10 de enero, se ha denegado la custodia compartida debido a que los domicilios de los progenitores estaban separados por 50 kilómetros.
Esta distancia suponía un trastorno para la menor, que habría tenido que recorrer un trayecto largo para ir al colegio en semanas alternas, algo que el tribunal consideró que no era lo mejor para ella.
CASO 5: INCOMPATIBILIDAD HORARIA ENTRE EL TRABAJO Y LA CUSTODIA COMPARTIDA
El horario laboral de los progenitores también es un aspecto importante a tener en cuenta. Si un progenitor tiene un horario de trabajo incompatible con el cuidado adecuado de los hijos, el juez puede denegar la custodia compartida.
No obstante, esto no significa que cualquier trabajo con horarios largos sea automáticamente un impedimento. Se espera que el progenitor demuestre cierta flexibilidad o la posibilidad de contar con ayuda de terceros, como los abuelos, en situaciones puntuales.
Lo que los jueces consideran más problemático es cuando el horario laboral hace imposible que el progenitor se ocupe de los hijos de manera continuada. Un ejemplo típico podría ser el de una persona con trabajos que requieran viajes constantes o estancias largas fuera del hogar, como los pilotos de aerolíneas.
Sentencias sobre la Incompatibilidad Horaria
Existen múltiples sentencias en las que se ha denegado la custodia compartida por incompatibilidad entre el trabajo del progenitor y la atención que los hijos necesitan. Cada caso es diferente, pero lo importante es que el juez pueda ver que el progenitor tiene la capacidad de conciliar su vida laboral con el cuidado de los menores.
CASO 6: RECHAZO POR PARTE DE LOS HIJOS
La ley establece que los menores, a partir de los 12 años, deben ser escuchados en los procedimientos judiciales que los afecten. Aunque no siempre es determinante, la opinión de los menores tiene un peso importante en la decisión final del juez, especialmente si son mayores de 12 años o están cerca de la mayoría de edad.
Si un menor expresa claramente que no desea un régimen de custodia compartida, es probable que el juez respete su deseo, especialmente si se trata de adolescentes. En estos casos, imponer un régimen contrario a la voluntad de un menor que está a punto de alcanzar la mayoría de edad puede ser contraproducente.
CASO 7: LACTANCIA MATERNA Y EDAD DEL MENOR
Un criterio tradicional que aún se aplica en algunos casos es que los menores muy pequeños, especialmente aquellos que aún son amamantados, deben estar con la madre. La lactancia materna exclusiva es un factor que puede influir en la denegación de la custodia compartida, sobre todo durante el primer año de vida del niño. No obstante, esta visión está cambiando, y cada vez hay más sentencias que permiten la custodia compartida a pesar de la lactancia.
Jurisprudencia sobre Lactancia y Custodia Compartida
Sentencia 745/2020 de la Audiencia Provincial de Madrid (sección 22ª), del 8 octubre 2020
Un ejemplo de esta evolución es la Sentencia 745/2020 de la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró que un niño mayor de un año ya no se alimentaba exclusivamente de lactancia materna y que el padre estaba perfectamente capacitado para hacerse cargo de él. Esta sentencia dejó claro que la lactancia, cuando no es exclusiva, no debe ser un obstáculo para conceder la custodia compartida.
En conclusión, aunque la custodia compartida es cada vez más común, existen varios factores que pueden llevar a su denegación, como la desconexión con los hijos, la investigación penal, la distancia entre domicilios, la incompatibilidad horaria y la opinión de los menores, entre otros. Cada caso es único y debe ser evaluado cuidadosamente por el juez, siempre con el interés superior del menor como guía principal.
Juan Hernández
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